Responsabilidad Civil Familiar

La Responsabilidad Civil Familiar se incluye en lo que se denomina Responsabilidad civil privada, que quiere decir responsabilidad por los perjuicios ocasionados a terceras personas en el ámbito de la vida privada, esto es, daños a las personas o a sus bienes que de manera involuntaria podríamos ocasionar como consecuencia de nuestros propios actos, o los actos de quienes dependen legalmente de nosotros y por los que hemos de responder (hijos menores, mascotas, etc.)

Inclusión de perros NO PELIGROSOS
Inclusión de vivienda secundaria.
Inclusión de RC daños derivados por agua.

COBERTURAS SEGURO

Defensa

Penal.
Frente a reclamaciones del servicio doméstico.
Frente a reclamaciones por declaración de impuestos.

Reclamación

Por daños al asegurado y a sus bienes muebles.
Por hechos relativos a la vivienda.
Por incumplimiento de contratos de arrendamiento de servicios.
Por no cumplir las normas contractuales en su trabajo.
Por incumplimiento de compraventa de cosas muebles.

Asesoramiento

Extrajudicial.
Jurídico telefónico.

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